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Nuevos Reembolsos de Impuestos en Materia de Energía para Híbridos Enchufables

Foto de efectivo y llaves Los híbridos enchufables comprados en el 2009 pueden ser elegibles para un reembolso de impuestos sobre la renta federal de hasta 7,500 dólares. La cantidad variará basada en la capacidad de la batería usada para abastecer de combustible el vehículo.

Este reembolso será sustituido por un reembolso similar de híbridos enchufables comprados después del 2009. Para más información acerca del reembolso de híbridos enchufables comprados después del 2009, oprima aquí.

Nota: Ningún automóvil de carretera ha sido certificado para este crédito.

Requisitos

Para ser aprobado por el IRS para el reembolso, el vehículo debe

  • Propulsarse usando una batería de tracción de al menos 4 horas/kilovatios de capacidad y
  • Usar una fuente externa para recargar la energía de la batería
  • Satisfacer los estándares de emisiones de la EPA (si es un vehículo de carretera)
    • Estándares (Bin 5 Tier II) para vehículos con una clasificación de peso total de vehículo (GVWR) de 6,000 libras. o menos
    • Estándares (Bin 8 Tier II) para vehículos con un GVWR mayor a 6,000 libras. y no más de 8,500 libras

Los siguientes requisitos también deben ser cumplidos para que un vehículo certificado sea elegible:

  • El vehículo debe ser puesto en servicio por el contribuyente durante el 2009.
  • El vehículo debe de ser usado mayormente en los Estados Unidos.
  • El uso inicial del vehículo debe comenzar con el contribuyente.
  • El vehículo debe ser adquirido para uso o arriendo por el contribuyente, y no para la reventa. (El reembolso está disponible sólo al comprador original de un vehículo nuevo que sea elegible. Si un vehículo elegible es arrendado a un consumidor, la sociedad de arrendamiento financiero puede reclamar el reembolso.)
Desfase Progresivo y Terminación

Este reembolso terminará después del 31 de diciembre del 2009, y será remplazado por un rembolso nuevo al empezar el 1ero. de enero del 2010.

Reclamación del Reembolso

Llene el Formulario 8834, Reembolso de Vehículo Eléctrico y Vehículo Eléctrico Enchufable Elegible.

Formulario 8834: Reembolso de Vehículo Eléctrico y Vehículo Eléctrico Enchufable Elegible

Para vehículos adquiridos para uso privado, reporte el reembolso del Formulario 8834 en la línea apropiada de su Formulario 1040, Declaración de Impuestos sobre la Renta Individual estadounidense.

Este reembolso si puede ser usado como el impuesto mínimo alternativo (AMT).

Si el vehículo elegible es comprado para uso comercial, el reembolso de uso comercial de un vehículo eléctrico es declarado en el Formulario 3800, Reembolso Comercial General.

Información Adicional

ADVERTENCIA

La información aquí publicada no se debe de tomar como un documento oficial o legal. Otros requisitos o excepciones pueden ser aplicables. Para información más detallada, favor de consultar a un representante del IRS y/o las publicaciones oficiales del IRS.


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